Buscar este blog

lunes, 18 de octubre de 2010

LEY DE TRANSITO TERRESTRE:Artículo 170. Serán sancionadas con multas de cinco Unidades Tributarias (5 U.T.), sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta y otras leyes, quienes incurran en las siguientes infracciones:

1. Circular sin placas identificadoras o con las placas que no correspondan al
vehículo, o con diseños distintos a los establecidos por la autoridad
competente.
2. No haber realizado el respectivo trámite del vehículo ante el Registro
Nacional de Vehículos y de Conductores y Conductoras.
3. Circular con vehículos que no se encuentren amparados por pólizas de seguro
vigente previstas en esta Ley.
4. Conducir vehículos que superen los límites permitidos por las normas sobre
contaminación por fuentes móviles o por ruídos, sean estos últimos
producidos directamente por el vehículo o por sus ocupantes.
5. Prestar el servicio de transporte terrestre de carga en cualquiera de sus
modalidades, en días u horarios no permitidos.
6. Prestar servicios conexos sin estar autorizados conforme a esta Ley y su
Reglamento.
7. Cobrar tarifas de servicio público de transporte terrestre de pasajeros y
pasajeras no establecidas por la autoridad competente.
8. Excederse en el cobro de tarifas por concepto de remolque según tipología de
vehículos o por el servicio de estacionamientos para la guarda y custodia de
vehículos a la orden o procesados por las autoridades administrativas.
9. Las personas obligadas conforme a esta Ley y su Reglamento a notificar la
desincorporación de vehículos del Registro Nacional de Vehículos y de
Conductores y Conductoras.
10. Estacionar en lugares prohibidos por el Reglamento de esta Ley o en zonas
demarcadas y señalizadas para vehículos y equipos de emergencia y
prevención, u obstruir sus accesos.
11. Usar en los lugares destinados para la colocación de las placas
identificadoras, placas o distintivos no autorizados o que obstruyan la
visibilidad de las mismas.
12. Utilizar en los vehículos, que no sean calificados como de emergencia, luces,
faros, sirenas, señales audibles u otros implementos que hagan presumir se
trata de situaciones de emergencia, o induzcan a confusión a los demás
usuarios y las usuarias de las vías públicas.
13. Transportar niños o niñas menores de diez (10) años de edad, en el asiento
delantero del vehículo.
14. Reservarse sin autorización espacios de vía pública con fines personales o
comerciales.
15. El exceso de personas en el servicio de transporte terrestre público y privado
de pasajeros y pasajeras en las rutas que establezca el Reglamento de esta
Ley.
16. Los conductores y conductoras de motocicletas que:
a) Circulen entre canales o paralelamente a otro vehículo en movimiento, a
más de sesenta kilómetros por hora (60 kph).
b) Circulen cambiando frecuentemente de canal o pasando indistintamente al
centro, a la izquierda o a la derecha de la vía.
c) Transporten más de dos (2) personas.
5 5
d) Transporten carga con peso mayor de noventa kilogramos (90 Kgs), a
menos que estén especialmente acondicionadas para ello.
e) Transporten carga u objetos cuyo volumen dificulte la conducción del
vehículo.
f) Circulen o estacionen por áreas destinadas para los peatones u otros
modos no motorizados.
g) Conduzcan en contra vía.
h) No utilicen de los cascos o elementos de protección.

Parágrafo Único: hasta tanto la autoridad competente en la materia no
establezca en las autopistas y vías de circulación rápida un canal exclusivo para
la circulación de motociclistas, estos deberán circular por el canal de hombrillo,
quien contravenga esta disposición será sancionado o sancionada con cinco
Unidades Tributarias (5 U.T.), de acuerdo a lo establecido en este artículo.

50 comentarios:

  1. ¿A QUIEN MULTAN? LOS MOTORIZADOS Y LOS VEHICULOS QUE ANDAN SIN PLACAS ANDANA AGRANEL

    ResponderEliminar
  2. CON RESPECTO AL ARTICULO 170 ORDINAL 2, COMO HACEN LOS PROPIETARIOS QUE NO LES LLEGUE EL TITULO A TIEMPO. LA PREGUNTA CONCRETA ES, CUANTO TIEMPO EL VEHICULO PUEDE CIRCULAR CON EL CERTIFICADO DE ORIGEN MIENTRAS LLEGA EL TITULO.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. mientras tu realizas el tramite, estas amparado por la pestaña del sobre que te queda para retirar el titulo cuando llegue.

      Eliminar
  3. El articulo 170 de esta ley, que dias se aplica de lunes a viernes o toda la semana y en que parte o numeral de la ley aparece?

    ResponderEliminar
  4. Hola a quién me pueda ayudar con una duda que tengo aparte de la sancion que. Yo tengo ósea ami me multaron por. Conducir hablando por el tlf hora la pregunta es con cuantas multas ya no puedo circular con mi carro

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. SI NO PAGAS LA MULTA EN EL TIEMPO ESTABLESIDO 30 DIAS CONTINUOS CONTADON EL DIA DE LAMULTA AM MOMENTO DE DETENERTE Y RADEARTE POR SISTEMA EL VEHICULO SERA RETENIDO POR LOS FUNSIONARIOS

      Eliminar
    2. Señor son 30 dias habiles y si no pagas te empiezan a cobrar intereses de mora y ademas de eso no podrar realizar ningun tramite legal con el carro pa que sepa los dias no son continuos se lo digo por experiencia propia q ya he pagado 2 veces si no sabe informese y no.mal informe

      Eliminar
    3. Señor son 30 dias habiles y si no pagas te empiezan a cobrar intereses de mora y ademas de eso no podrar realizar ningun tramite legal con el carro pa que sepa los dias no son continuos se lo digo por experiencia propia q ya he pagado 2 veces si no sabe informese y no.mal informe

      Eliminar
    4. A mí el oficial Davi Chacón ci 19691627 del puesto de comando en capiu caja seca estado Zulia me multo por no tener el casco puesto anuq lo tenía en mano están bien agame la multa pero además de eso me quito la moto solo xq le dije q avía un artículo q decía q no me podía retener el vehículo mientras tuvieras los documentos de dicho vehículo a mi nombre pues el me dijo q le le buscará dnd decía eso q le hablara con base pues eso ise y le busque el artículo 181 y aún así no me la entrego solo me dijo q el no me iba a entregar nada si quería q lo denunciará y q me fuera antes de q me metiera preso y pues la verdad lo voy a denunciar

      Eliminar
    5. A mí el oficial Davi Chacón ci 19691627 del puesto de comando en capiu caja seca estado Zulia me multo por no tener el casco puesto anuq lo tenía en mano están bien agame la multa pero además de eso me quito la moto solo xq le dije q avía un artículo q decía q no me podía retener el vehículo mientras tuvieras los documentos de dicho vehículo a mi nombre pues el me dijo q le le buscará dnd decía eso q le hablara con base pues eso ise y le busque el artículo 181 y aún así no me la entrego solo me dijo q el no me iba a entregar nada si quería q lo denunciará y q me fuera antes de q me metiera preso y pues la verdad lo voy a denunciar

      Eliminar
  5. SI LE COLOCAN LA MUNTA POR QUE LO REMOLCAN ESTAN ENRIQUESIENDO A LOS DUEÑOS DE ESTACIONAMIENTO QUE SON LOS MISMO DUEÑOS DE GRUAS

    ResponderEliminar
  6. quiciera saber cual es el articulo donde se exige que uno de tener una autorizacion notariada, para los casos donde se conduce un vehiculo no propio pero si con su respectivo carnet de circulacion?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buenas dejeme decirle q eso d tener autorizacion no es otra cosa para matrakiar hay un solo articulo q te habla d una autorizacion pero se usa o se pide es cuando un individuo adkiere un vehiculo en una concesionaria u otros y se lo dan financiado le tienen q dar una autorizacion para notificar q el carro esta siendo pagado y en un lapso sera del ciudadano q lo esta adkiriendo

      Eliminar
  7. por tener factura de compra de las moto y papales de muelle pueden remolcar la moto en minfra me dicen q por el año no le sale placa 2006 scooter 150cc

    ResponderEliminar
  8. Los funcionarios aplican el articulo 170 a su discreccion, en su rodinal 13 dice: Transportar niños o niñas menores de diez (10) años de edad, en el asiento delantero. Pero que pasa cuando la madre esta amantando? Tambien lo van aplicar? Como me dijo un funcionario "que la madre se coloque en el asiento trasero y amante", entonces pregunto nuevamente, que pasa si es una camioneta pickup? Se muere la criatura de hambre? Quien tiene mayor peso para su aplicación la ley de transito o la lopna?

    ResponderEliminar
  9. en Maracay multan y remolcan! No hay rayado amarillo y te llevan el vehículo. El pago de grúa y estacionamiento es mas caro que la multa... andan grúas como locos por toda la ciudad pero si es para auxiliarte no aparece ninguna

    ResponderEliminar
  10. Hay algunos funcionarios de la GNB exigiendo un tal permiso de carga para pick up; siendo mi vehículo de uso particular, no pertenezco a ninguna empresa de transporte de carga ni hago fletes de ningún tipo. me pregunto a que permiso se refieren?

    ResponderEliminar
  11. Si de verdad este articulo se aplicara al pie de la letra y los fiscales o policias dejaran la matraca y terrorismo de quitar carro o pegar grùas, seriamos mejores Ciudadanos, a mi me aplicaron el numeral 2, pero como tenia copias, me amenazaba con quitar el carro y no pudo, solo la multa que correspondia

    ResponderEliminar
  12. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  13. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  14. Tengan la Bomdad de Aclarar, por favor, de una vez por todas... si es OBLOGATRIA ó NO .. o si es LEGAL o NO... que le EXIJAN a un conductor la Dichosa "AUTORIZACION NOTARIADA" ... por favor, por favor... Algien que Responda esto de manera Clara, Lagal y Objetiva... Eternamente Agradecido de antemano: Victopr Alvarez desde Carabobo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. no es legal.... que te digan ellos en que articulo se basan, y ten tu la copia en la mano

      Eliminar
    2. El conductor de un vehículo para poder circular por todo el territorio nacional solo debe tener la licencia de conducir la rcv, el carnet de circulación el certificado médico vigente no existe ninguna autorización del propietario para poder cargar el vehículo no existe en la lay ni en ninguna parte

      Eliminar
  15. en este articulo tampoco dice nada de transportar alimentos derivados para distintos clientes

    ResponderEliminar
  16. en este articulo tampoco dice nada de transportar alimentos derivados para distintos clientes

    ResponderEliminar
  17. Buenas tengo una duda si yo voy en mi moto y no cargo casco solo me pueden hacer una multa mas no tienen que remolcar la moto porfa ayúdenme

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. si es una alcabala fija o movil pueden retenerte mientras alguien te trae el casco, la amenaza de remolcarte la moto es para poder matraquearte y que le ofrezcas plata para no hacerlo

      Eliminar
  18. Buenas, si me detienen por no portar la placa delantera donde va sino en el vidrio pero al momento de la detención el funcionario me dice que la razón por la cual me detiene es esa y yo colocó la placa donde va igual puede ponerme la multa? O ya no es razón de multarme. Agradecería mucho la respuesta.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. no hay razon, es mejor tenerla asegurada adentro a que se vaya a caer, por perderla si hay multa, salvo que hayas realizado la denuncia y tengas los documentos en el vehiculo

      Eliminar
  19. Aquí en Maracaibo no se respeta nada los buses y carritos cobran los que les da la gana cuando será que se harán respetar las leyes y sancionar a estas personas.

    ResponderEliminar
  20. OJO!!! ALERTA !!!! GOBERNADOR DEL ESTADO TACHIRA OBLIGA A POLICIA A HACER CUMPLIR DECRETO 511. MIEMBROS DE LA POLICIA ESTAN EJECUTANDO OPERATAIVOS DE TRANSITO EN TRANSPORTE DE MOTOS EN LOS CUALES ESTAN DETENIENDO LA MOTOCICLETA POR EL ARTICULO 511 DIZQUE POR LLEVAR COMO ACOMPAÑANTE PARRILERO HOMBRE. "ESTO "NO" ESTA ESTABLECIDO EN LA LEY" POR FAVOR INSTRUIRCE DE LAS LEYES PARA QUE NO SEAN OBJETO DE ARBITRARIEDADES

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. La ley de tránsito establece que no deben andar personas del mismo sexo en una motocicletas

      Eliminar
  21. buenas tarde, si a uno lo multan por no haber registrado la moto y uno paga la multa y estacionamiento, cuanto tiempo tiene uno o le dan a uno para registrarla o mejor dicho ellos te pueden multar otra ves por lo mismo en la misma semana o en la siguiente..??sabiendo q el tramite de registro es medio engorroso y lleva sus dias y si es q hay material para el mismo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Tu puedes hacer el tramite, lo que tarde ya es culpa de ellos, pero a ti te queda el comprobante que lo realizaste, lo demas es esperar a que te llegue y conservar el comprobante del tramite contigo. Si pueden volverte a multar cada vez, por no hacer la solicitud del tramite

      Eliminar
    2. Tienes 30 días a partir de la compra del vehículo para registrarlo ante el intt. Con el certificado de origen y tu cédula de identidad

      Eliminar
  22. que sucede si me detienen y no poseo el vehiculo asegurado? solo colocan la multa o puede ir retenido?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El vehículo solo puede quedar retenido por lo estipulado en el articulo 181 lo demas es abuso y poder artículo 182.

      Eliminar
  23. Porque las gruas solo buscan vehiculos mal estacionados cuando es quincena?

    Les estan mandando a cumplir una cuota de multas, que se llevan hasta los carros que se encuentran en zona de visitantes estacionados
    Por que no se llevan todos los vehiculos que se encuentran mal estacionados a lo largo de la Candelaria y Urdantea que se encuentran frente al Ministerio Publico, INPSASEL, INTI CEVAL, por ejemplo, pero si se llevan los vehiculos que se encuentran estacionados 10 metros mas atras de estos
    Es decir se llevan vehiculos bien estacionados para propiciar la matraqueria, vi uno que se llevaron con todo y la mascota del dueño, quien estaba comprando en una farmacia

    ResponderEliminar
  24. En el estacionamiento de Teneria, tienen el negocio redondo, acompañe a una amiga a buscar su vehiculo recientemente hurtado de una zona valida para estacionar, y de igual forma tenia que pagarle a los grueros en efectivo, los cuales te mandan a una casita a retirar el efectivo y te cobran 700 adicional,
    Bien pudiera decir que se llegue hasta un banco a retirar efectivo cosa que hicimos porque eramos 2, sin embargo otro que estaba solo decidio hacer eso para no alejarse mucho del carro, por miedo a que lo devalijen
    Y no digan que no, pues mientras estaba mi amiga alli, le formo un peo a alguien que intento abrir un carro "quien sabe con que intenciones" y afura yo casualmente estaba otro señor reclamando porque le robaron el frontal de reporductor, Que tal
    Lo que le decian descaradamente es que si queria pusiera la denuncia en el CICPC, practcamente burlandose de el

    ResponderEliminar
  25. me multaron por andar en mi moto con mi esposa y la bebe me aplicaron el art 170 num 16 lit c se que andar con una bebe es peligroso pero es para una multa o sera que andan ambriados estos pnb que no tiene dinero para pagarle el sueldo y se lo quieren generar poniendo multas al que se descuide o resbale

    ResponderEliminar
  26. aveces mal interpreta las leyes tiene que leer bien y entender lo de casco te remolcan la moto porque es un deber y resguardan tu integridad y el de el tiempo que tienes para tramitar los documentos tengoi entendido que son 90 días el de la bb es una responsabilidad tuya llevar a tu bb en la moto tu podrás ser un buen conductor pero solo para caerse de la moto hay que estar montado me entiendes cuida a tu bb

    ResponderEliminar
  27. Si me falta la placa trasera y me para me pueden retener el vehículo o solo me realizan la multa?

    ResponderEliminar
  28. El arte. 170 indica si circula sin placa identificadora sera sancionado, pero yo tengo la placa delantera. Igual me sancionan?

    ResponderEliminar
  29. El arte. 170 indica si circula sin placa identificadora sera sancionado, pero yo tengo la placa delantera. Igual me sancionan?

    ResponderEliminar
  30. Buenas tengo una pickup y quisoera saber si me multan por llevar personas en el cajon, gracias al qie me pueda dar esa info.

    ResponderEliminar
  31. saludos quiero informarles que el decreto 511 q estan aplicando los policías esta fuera de la normativa legal de la ley de transito terrestre q lo aplican en el estado tachira el articulo 170 que ellos hacen mension nunca dice que podrán retener un vehículo o motocicleta ellos dicen detener las personas son las que se detiene los artículos y casos se retienen yo invito al gobernador que derogue ese decreto porque esta perjudicando a muchas personas que trabajan y ganan sueldo minimo y mas con la situacion que hay en el pais de los altos precios de los articulos y estos policias maltratan, humillan, y le faltan el respeto a las personas

    ResponderEliminar
  32. Hoy Por no poseer cinturón querian detenerme mi auto mas ya me habian hecho la multa son unos corruptos los nacionales que estan en la autopista entrando a la babdera x eso es que la gebte le tiene rabia en ves de aprecio x la seguridad q brindan

    ResponderEliminar
  33. Una pregunta: según el numeral 3. Circular con vehículos que no se encuentren amparados por pólizas de seguro
    vigente previstas en esta Ley. Una cosa es no estar amparados, y otra es no tener la copia vigente en el carro. Que pasa si me aplican una multa por no portar la copia vigente, a pesar de que el vehículo se encuentra debidamente amparado por la misma. A que instancia debo recurrir para hacer el reclamo y trámites administrativos que eliminen la multa.

    ResponderEliminar
  34. Buenas, mi pregunta es la siguiente:
    tengo una moto que no está a mi nombre si no del antiguo dueño, la placa se me desprendió hace 3 años y desde entonces no la uso, el asunto es que cuando fui a poner la denuncia me dijeron que no podía hacerlo si no era el titular, por eso dejé de usarla, yo puedo hacer una placa igualita y colocarla en el lugar de la placa y circular así?
    de no poder hacerlo que posibilidades tengo ya que el dueño anterior de la moto y titular hace muchos años que no tengo contacto con el ni forma de contactarlo, como podría solicitar una nueva placa? o que podría hacer?
    saludos y gracias.

    ResponderEliminar
  35. ¿alguien sabe como se calcula los intereses de las multas atrasadas?

    ResponderEliminar